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Vacaciones pagadas en formación dual: cuántos días, cuándo pedirlos y qué pasa con la semana de centro de formación

Rédaction28 de agosto de 202612 min de lectura

Primer plano del motor de un avión comercial bajo el ala, estacionado en la pista de un aeropuerto
Foto : Pexels

El primer choque de la formación dual no es el despertador a las 6:30 ni las hojas de cálculo. Es el mes de octubre, cuando tus antiguos compañeros de carrera publican sus fotos de las vacaciones de otoño y tú estás en la oficina. El segundo choque llega hacia junio, cuando te das cuenta de que solo has pedido tres días desde septiembre y de que te quedan 22 por consumir antes de que termine el contrato.

Un alumno en alternancia no tiene vacaciones escolares. Tiene vacaciones pagadas, exactamente como cualquier otro trabajador de su empresa, y además dos o tres derechos específicos que casi nadie reclama porque nadie los conoce. Y tiene un calendario de formación que se encaja dentro de todo eso.

Así funciona realmente, actualizado al curso 2026.

Primer plano del motor de un avión comercial bajo el ala, estacionado en la pista de un aeropuerto

El principio básico: eres un trabajador, no un estudiante

Tanto si tienes un contrato de aprendizaje como un contrato de profesionalización, eres titular de un contrato de trabajo. El artículo L. 3141-3 del Código de Trabajo francés te otorga por tanto derecho a 2,5 días hábiles de vacaciones por mes de trabajo efectivo, es decir, 30 días hábiles —o 25 días laborables— por un año completo. Cinco semanas, ni una más ni una menos.

Dos consecuencias que muchos alumnos en alternancia descubren tarde:

  • Las vacaciones escolares del centro de formación no son vacaciones. Si tu centro cierra una semana en febrero y no tienes clase, se te espera en la empresa. Salvo acuerdo distinto por escrito en tu calendario de alternancia, esas semanas pasan a ser tiempo de trabajo.
  • Los días de vacaciones se solicitan, no se toman. Como cualquier trabajador, debes presentar una solicitud y obtener la conformidad del empresario, que fija las fechas según las necesidades del servicio y las normas de la empresa.

Cuidado con la confusión más habitual: «días hábiles» (de lunes a sábado, 6 días por semana) y «días laborables» (de lunes a viernes, 5 días). 30 días hábiles = 25 días laborables = 5 semanas. Mira sobre qué base cuenta tu nómina: está escrito abajo a la derecha, en el contador de vacaciones.

El periodo de referencia, ese detalle que lo cambia todo

Históricamente, los derechos a vacaciones se devengan del 1 de junio al 31 de mayo del año siguiente (el «periodo de referencia»), y suelen disfrutarse del 1 de junio al 31 de mayo posterior. Muchas empresas han ajustado ese periodo al año natural o a su ejercicio contable: un convenio de empresa o de sector puede preverlo.

¿Por qué es capital para ti? Porque un contrato de alternancia suele empezar en septiembre. Si tu empresa funciona con el año de referencia clásico, llegas el 1 de septiembre de 2026 con cero días devengados y vas acumulando 2,5 al mes. A finales de diciembre tendrás 10 días hábiles (unos 8 días laborables), suficiente para cubrir la semana de Navidad, siempre que la empresa acepte el anticipo.

Desde la reforma derivada de la ley del 22 de abril de 2024, la regla se ha aclarado: las vacaciones pueden disfrutarse desde el momento de la contratación, sin esperar a la apertura de un nuevo periodo, siempre que estén devengadas. Comprueba simplemente que tu empresa no aplique una práctica más restrictiva heredada del pasado.

La tabla que deberías tener delante antes de pedir tus fechas

Situación A qué tienes derecho Base jurídica
Vacaciones anuales pagadas 2,5 días hábiles por mes trabajado, es decir, 30 días hábiles al año C. trab. art. L. 3141-3
Alumno en alternancia menor de 21 años a 30 de abril Hasta 30 días hábiles de vacaciones, aunque no haya trabajado el año entero (los días no devengados no se pagan) C. trab. art. L. 3141-8
Aprendiz que prepara un examen 5 días hábiles de permiso adicional retribuido en el mes anterior a las pruebas C. trab. art. L. 6222-35
Joven progenitor menor de 21 años 2 días hábiles adicionales por cada hijo a cargo C. trab. art. L. 3141-8
Acontecimientos familiares (boda, nacimiento, fallecimiento) Permisos específicos, no descontados de las vacaciones pagadas C. trab. art. L. 3142-1

El permiso de estudio de 5 días: el gran olvidado

Es probablemente el derecho más ignorado de todo el estatuto de aprendiz. El artículo L. 6222-35 del Código de Trabajo establece que el aprendiz dispone, para la preparación directa de las pruebas, de un permiso adicional de cinco días hábiles, que debe disfrutarse en el mes anterior a los exámenes. Esos cinco días se retribuyen con normalidad y no se descuentan de tus vacaciones pagadas. Se suman al tiempo pasado en el centro de formación.

Tres precisiones que evitan sorpresas desagradables:

  1. El derecho está reservado a los aprendices. En contrato de profesionalización no existe una disposición equivalente en el Código de Trabajo: infórmate sobre tu convenio colectivo, varios sectores (Syntec, metalurgia, banca) prevén dispositivos de preparación de exámenes.
  2. Debes solicitar este permiso, idealmente por escrito, indicando la fecha de tus pruebas. Muchos empresarios desconocen su existencia; adjuntar la referencia del artículo zanja la discusión.
  3. Estos días están destinados al repaso, no a un desplazamiento. Para el día del examen en sí, tu ausencia ya queda cubierta por el tiempo de formación.

Más vale aprovecharlos en serio: bloquear cinco días en un estudio o en una biblioteca, con un plan de repaso impreso, un juego de fichas de cartulina para las definiciones y un temporizador de escritorio para mantener sesiones de 50 minutos rinde mucho más que una semana de relectura pasiva. Es también el momento de hacer exámenes de años anteriores en condiciones reales, con el cronómetro en marcha.

Cuándo pedir vacaciones cuando alternas centro de formación y empresa

Aquí es donde la alternancia lo complica todo. Tu semana «libre» no existe: o estás en la empresa, o estás en formación, y una cosa no se cambia por la otra.

Regla número uno: nunca se piden vacaciones durante un periodo de formación. La asistencia a la formación es una obligación contractual, y una ausencia injustificada puede acarrear una amonestación, e incluso una comunicación al empresario y al organismo financiador. Tus vacaciones se piden exclusivamente sobre días que deberían haberse trabajado en la empresa.

Regla número dos: el calendario de alternancia sale antes que tus fechas de vacaciones. Consíguelo en cuanto el centro lo publique —a menudo en junio o julio— y ponlo al lado del calendario de cierre de tu empresa. Los solapamientos saltan a la vista de inmediato.

Regla número tres: anticipa los periodos bloqueados. Muchas empresas prohíben las vacaciones al final del ejercicio contable, durante el inventario o en plena temporada alta. Un alumno en alternancia en el sector de la distribución que espere pedir la segunda quincena de diciembre se dará de bruces con un muro.

Avión Airbus A320 estacionado en la pista con pasarela y personal de tierra con chalecos naranjas, visto desde una ventanilla

Una agenda semanal en papel, en la que a principio de curso se marcan con un color las semanas de formación y con otro las semanas de empresa, sigue siendo la herramienta más eficaz para visualizar las ventanas realmente disponibles. Algunos alumnos prefieren un planificador mural borrable clavado encima del escritorio: lo importante es que el calendario de formación y el de la empresa estén físicamente superpuestos en algún sitio.

El caso del cierre anual de la empresa

Si tu empresa cierra tres semanas en agosto, puede imponerte que disfrutes tus vacaciones en ese periodo (debe anunciarlo con al menos dos meses de antelación, y el aviso debe estar visible en las instalaciones). Dos escenarios:

  • Tienes suficientes días devengados: se descuentan y cobras con normalidad.
  • No tienes suficientes —caso clásico de un contrato iniciado en enero o en marzo—: puedes acabar en excedencia sin sueldo por los días que falten. En ese caso, infórmate en France Travail sobre la prestación por desempleo parcial por vacaciones no devengadas, un dispositivo poco conocido que puede compensar parcialmente la pérdida de salario.

Enfermedad, ausencias, retrasos: lo que ocurre de verdad

La baja por enfermedad durante una semana de empresa

Estás en el régimen general: parte de baja remitido al empresario en un plazo de 48 horas, y a tu entidad de la seguridad social según las indicaciones del formulario. Las prestaciones diarias de la Seguridad Social exigen unos requisitos de acceso que un alumno en alternancia suele cumplir (horas trabajadas o cotizaciones suficientes); el simulador y las condiciones actualizadas están detallados en ameli.fr. Muchos convenios colectivos prevén además el mantenimiento del salario por parte de la empresa tras un periodo de antigüedad.

La baja por enfermedad durante una semana de centro de formación

Es la pregunta más frecuente, y la respuesta sorprende: sí, hay que enviar igualmente un parte de baja. Estás en tiempo de trabajo a efectos del contrato, aunque estés sentado en un aula. El parte va al empresario, y una copia al centro de formación para justificar la ausencia. No avisar al centro es el error clásico: las ausencias injustificadas se acumulan en el expediente y pueden causar problemas a la hora de validar el título, ya que algunas certificaciones exigen un porcentaje mínimo de asistencia.

Las ausencias por motivos personales

Una cita médica, una mudanza, el examen del carné de conducir: no son permisos de pleno derecho. Tres opciones, por orden de preferencia:

  1. Pedir medio día o un día de vacaciones pagadas: lo más limpio.
  2. Solicitar una recuperación de horas, si la empresa aplica horas extra u horarios flexibles.
  3. Pedir una autorización de ausencia no retribuida, formalizada por escrito.

El denominador común: se pide antes. Una ausencia comunicada la misma mañana acaba siempre en descuento de nómina y deja un rastro mucho más duradero que una solicitud presentada con quince días de antelación.

Caso particular útil: el día del examen teórico o práctico del carné de conducir no da derecho a una ausencia retribuida, pero la ayuda de 500 € para el carné destinada a los aprendices sí sigue siendo acumulable con las ayudas de las regiones. Se solicita en el centro de formación.

Lo que queda al final del contrato: la indemnización compensatoria

Si tu contrato termina —fin del contrato temporal de aprendizaje o de profesionalización, resolución anticipada— y no has consumido tus vacaciones, la empresa debe abonarte una indemnización compensatoria de vacaciones pagadas. Aparece en tu finiquito y se calcula por el sistema más favorable entre:

  • la regla del décimo: el 10 % de la retribución bruta total percibida durante el periodo de referencia;
  • la regla del mantenimiento de salario: lo que habrías cobrado si hubieras disfrutado las vacaciones.

Revisa siempre esa línea. Es el error de nómina más frecuente al final de los contratos de alternancia, sobre todo cuando el contrato termina en agosto y el contador se puso a cero el 31 de mayo. Conserva tus nóminas: el contador de vacaciones figura mes a mes, y un simple archivador de fuelle dedicado a los documentos del contrato te ahorrará rebuscar en tus correos tres años después, cuando tengas que preparar un expediente de jubilación o reclamar un saldo.

Avión comercial visto de frente en la pista de un aeropuerto al amanecer, con la torre de control al fondo

La estrategia que funciona: repartir, no acumular

A lo largo de doce meses, el error clásico consiste en guardarlo todo para el verano y descubrir en mayo que hay que pedir 20 días en seis semanas, en plena época de exámenes y de entrega del trabajo final. Un reparto que funciona, probado por muchos alumnos en alternancia:

Periodo Días a pedir Por qué
Finales de diciembre De 3 a 5 días laborables Actividad a menudo más floja, empresa a veces cerrada
Febrero-marzo De 2 a 3 días Descanso justo cuando se instala el cansancio
Abril-mayo De 0 a 2 días Guardar margen para los repasos y el trabajo final
Julio-agosto De 10 a 15 días El verdadero bloque de descanso, antes del segundo año

Dos reflejos que hacen ganar tiempo:

  • Solicítalo por escrito, aunque la empresa tenga una herramienta de RR. HH. Un correo recapitulativo deja constancia en caso de conflicto sobre las fechas.
  • Avisa a tu tutor antes de validar en el software. Una solicitud que llega por notificación sin haberla comentado nunca acaba en rechazo una de cada dos veces, por pura cuestión de relación.

Y para quienes encadenan dos años: el contador no se pone a cero entre el primer y el segundo año si el contrato es único. Comprueba en tu nómina de junio la línea «vacaciones año anterior»: los días trasladados figuran ahí, y suelen caducar el 31 de mayo siguiente.

Las tres preguntas que más nos hacen

«¿Puede mi empresa denegarme las vacaciones?» Sí, fija las fechas respetando las normas de la empresa y las necesidades del servicio. Lo que no puede es impedirte disfrutar de al menos 12 días hábiles consecutivos entre el 1 de mayo y el 31 de octubre, salvo que tú lo consientas.

«¿Puedo pedir vacaciones durante mi periodo de 45 días?» Nada lo prohíbe jurídicamente. En la práctica, es una idea pésima: ese periodo sirve precisamente para que la empresa y tú evaluéis la relación laboral, y los días de vacaciones no cuentan dentro de los 45 días de formación práctica; solo estás retrasando la salida del periodo.

«¿Tengo derecho a días de reducción de jornada?» Solo si la empresa los concede a sus trabajadores según su acuerdo de ordenación del tiempo de trabajo, y en las mismas condiciones. Un aprendiz no queda excluido del dispositivo: pregunta al departamento de RR. HH., no al centro de formación.


En resumen: cinco semanas como todo el mundo, cinco días de repaso adicionales si eres aprendiz, ninguna vacación escolar y un calendario que hay que poner sobre la mesa desde la firma. Los alumnos en alternancia que terminan el año sin quemarse rara vez son los que han trabajado menos: son los que reservaron sus fechas en septiembre, mientras los demás esperaban a «ver cómo va la cosa».

Fuentes: Código de Trabajo francés (artículos L. 3141-3, L. 3141-8, L. 6222-35, L. 3142-1), service-public.fr, ameli.fr, Ministerio de Trabajo. Consulta siempre tu convenio colectivo, que puede ser más favorable.

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